Valverde Abogados
Fiscalidad patrimonial y empresarial
Expertos en tu empresa familiar, Conócenos.
El patrimonio de una familia empresaria tributa en varios impuestos a la vez, y una decisión tomada en uno produce efectos en los demás.
En Valverde Abogados asesoramos la fiscalidad de la familia y la de su empresa como un único conjunto, desde la planificación hasta la defensa ante la Administración.
abogados expertos en empresa familiar
¿Cuándo conviene revisar la fiscalidad del patrimonio familiar?
No hace falta esperar a una herencia o a una inspección. Estas son las situaciones que más a menudo lo exigen:
- La sociedad acumula tesorería o inmuebles y nadie ha comprobado si sigue cumpliendo los requisitos de la exención del artículo 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991.
- El patrimonio de algún miembro de la familia queda sujeto al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (Ley 38/2022) y no se ha coordinado con el Impuesto sobre el Patrimonio.
- Se prepara una reorganización del grupo (holding, aportación de participaciones, escisión o fusión) y hay que decidir si puede acogerse al régimen especial del capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014.
- Se va a vender la empresa, a comprar otra o a dar entrada a un socio financiero.
- Algún familiar cambia de residencia, se traslada a España o mantiene patrimonio en España siendo no residente.
- Ha llegado un requerimiento o una comunicación de inicio de actuaciones de la Agencia Tributaria o de la comunidad autónoma.
¿Qué hacemos exactamente?
Trabajamos en seis áreas que, en la familia empresaria, casi nunca se pueden separar:
Imposición sobre el patrimonio
Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, incluida la tributación de los no residentes y la aplicación del límite conjunto de cuota.
Régimen de empresa familiar
Verificación anual de los requisitos de la exención del artículo 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991 y de la reducción de los artículos 20.2.c) y 20.6 de la Ley 29/1987: actividad económica, activos no afectos, funciones de dirección y su retribución.
Reestructuraciones y holding
Aportaciones no dinerarias, canjes de valores, escisiones y fusiones al amparo del régimen de neutralidad de los artículos 76 a 89 de la Ley 27/2014, con especial atención al motivo económico válido del artículo 89.2.
Sociedades, IRPF y operaciones corporativas
Impuesto sobre Sociedades del grupo, IRPF del empresario y de los socios, política de dividendos, operaciones vinculadas y fiscalidad de la compra y venta de empresas.
Residencia y fiscalidad internacional
Residencia fiscal, régimen especial de trabajadores desplazados del artículo 93 de la Ley 35/2006, no residentes con patrimonio en España e internacionalización de la empresa familiar.
Inspección y procedimientos tributarios
Defensa en procedimientos de comprobación e inspección, reclamaciones económico-administrativas y recursos, y solicitudes de rectificación de autoliquidaciones.
Una sola visión fiscal para la familia y la empresa
Los beneficios fiscales de la empresa familiar rara vez se pierden por la norma. Se pierden por decisiones tomadas en otro lugar: el sueldo del familiar que dirige, un inmueble comprado con la tesorería de la sociedad o una reorganización pensada solo para el Impuesto sobre Sociedades.
La exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y la reducción en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones dependen de requisitos que se examinan en cada devengo, y la Administración los comprueba cuando ya no se pueden corregir.
Por eso revisamos la situación de la familia y la de la sociedad en conjunto y cada año, no solo cuando llega la herencia o la inspección.
¿Qué recibe el cliente?
Diagnóstico fiscal de la familia y de la sociedad, con los riesgos cuantificados.
Plan de actuación priorizado y con calendario.
Informes que documentan cada posición frente a la Administración.
Consulta vinculante a la Dirección General de Tributos cuando la seguridad jurídica lo aconseja.
Revisión anual de los requisitos de la empresa familiar.
¿Por qué un despacho especialista y no solo la asesoría habitual?
La asesoría que lleva los impuestos del día a día es imprescindible, y trabajamos con ella. Nuestro papel es distinto: decidir antes de que ocurra qué estructura, qué retribución y qué operación mantienen los beneficios fiscales de la familia, y defender esa posición si la Administración la discute, con la responsabilidad profesional que eso implica.
Ángel Valverde, socio director, es miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) y de su Grupo de Expertos en Imposición Patrimonial y Empresa Familiar.
Servicio Legal
Preguntas Frecuentes
Depende de la situación a 31 de diciembre de cada año para el Impuesto sobre el Patrimonio, y en la fecha de la donación o del fallecimiento para el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La acumulación de tesorería o de inmuebles no afectos y los cambios en la retribución de quien dirige son las causas más frecuentes de pérdida, total o parcial. Lo comprobamos cada año, antes de que llegue la fecha.
Grava la base liquidable que excede de 3 millones de euros, una vez aplicado el mínimo exento de 700.000 euros, y permite deducir la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio efectivamente satisfecha. Su incidencia es mayor en las comunidades autónomas que bonifican el Patrimonio. Lo calculamos junto con el Impuesto sobre el Patrimonio y el límite conjunto de cuota.
El régimen de neutralidad de la Ley 27/2014 permite diferir la tributación, pero no se aplica cuando la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, lo que la Administración examina a la luz del motivo económico válido (artículo 89.2). Cuando hay dudas, documentamos ese motivo desde el principio y valoramos solicitar una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos.
Sí. La asesoría conserva el cumplimiento ordinario, y nosotros nos ocupamos de la planificación, las operaciones y la defensa. Es la forma habitual de trabajar con las familias que nos consultan.
Sí. Asesoramos a no residentes en el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, incluida la revisión de autoliquidaciones de ejercicios anteriores cuando procede su rectificación.
La propia del ejercicio de la abogacía. El secreto profesional cubre toda la información que la familia y la empresa nos facilitan.
Si la familia o la empresa están en alguna de las situaciones descritas, una primera conversación permite saber qué conviene revisar y en qué orden. Solicite una cita. Solo necesitamos su nombre, su correo electrónico y su teléfono.
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